Normativa

LOE

CURRÍCULO DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES Y PROFESIONALES

PROCESO DE EVALUACIÓN

INSTRUCCIONES SOBRE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSERVATORIOS

ADMISIÓN Y PRUEBAS DE ACCESO

TRASLADOS DE EXPEDIENTE (Aclaraciones)

  • El interesado en trasladar su expediente para proseguir sus estudios en otro centro habiendo presentado junto con la solicitud de traslado la documentación requerida antes del 20 de junio de cada curso académico en el centro de destino, será admitido en el centro incorporándose en el curso correspondiente, siempre que existan plazas vacantes. Al efectuarse el traslado antes de concluir el curso, no se tendrán que satisfacer tasas de matriculación.

ACLARACIÓN:

a) La evaluación se llevará a cabo en el centro solicitado. Si, por el contrario, el alumno solicitante es evaluado por el centro de origen, el traslado será efectivo una vez finalice el proceso de admisión.

b) La Orden de 10 de enero de 2008, establece que al efectuarse el traslado antes de concluir el curso, no se tendrán que satisfacer tasas de matriculación. Asimismo, en el artículo 15 de la Orden se establecen los documentos básicos que han de reflejar los aprendizajes realizados por el alumnado y que deben permitir su movilidad de uno a otro nivel o etapa y entre centros escolares de la misma o distinta Comunidad Autónoma en las debidas condiciones de continuidad.

c) Habida cuenta que el artículo 14 establece que el interesado en trasladar su expediente para proseguir sus estudios en otro centro deberá presentar antes del 20 de junio de cada curso académico en el centro de destino, junto con la solicitud de traslado:

– documento que acredite la causa justificada de dicho traslado,
– certificación académica expedida por el centro de origen y firmada por el director del centro de origen, en el que se certifique que no tiene agotadas las convocatorias ni el límite de permanencia y,
– certificado municipal de empadronamiento.

  • En el supuesto de que, por motivos ajenos al solicitante de traslado de expediente, la documentación prevista en el artículo 14 no esté perfeccionada con anterioridad al 20 de junio, el solicitante que hubiera accedido a un cambio de centro dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón, deberá acreditar dicha documentación y presentarla efectivamente con anterioridad al inicio del curso decayendo, de lo contrario, de la plaza asignada.

CONVALIDACIONES

CURSO ASIGNATURAS
CONSERVATORIO IES
1ºEEPP Instrumento Música de 1ºESO o Música de 3ºESO
2ºEEPP Instrumento Optativa de 4ºESO (Música)
3ºEEPP —- —-
4ºEEPP Armonía Optativa Específica (4h) de 1º de Bachillerato
5ºEEPP Análisis/Fundamentos Optativa Específica (3h) de 2º de Bachillerato
6ºEEPP —- —-

La Convalidación permite no cursar algunas asignaturas de la ESO o Bachillerato porque se ha cursado o se está cursando alguna asignatura en el Conservatorio. Estas son algunas especificaciones:

    • La convalidación se puede realizar cursando Secundaria en cualquier IES.
    • La asignatura convalidada del IES no tendrá calificación ni computará para media.
    • En caso de no superar la asignatura del Conservatorio, la asignatura del IES figurará como «Pendiente»
    • La convalidación se solicita cada año en la matrícula del IES.
    • Este curso 21/22 la asignatura de Instrumento de 1ºEEPP convalida «Música» en 1ºESO o en 3ºESO. Solo convalida un curso de la asignatura de «Música» y no los dos como sucedía hasta ahora. Si se convalida «Música» en 1ºESO no se podrá convalidar en 3ºESO o viceversa.
    • Convalidar la asignatura en Bachillerato permite obtener en la EVAU hasta una calificación de 14 puntos.

SIMULTANEIDAD DE ESTUDIOS

La Simultaneidad es un programa para alumnos del IES «Bajo Aragón» y el Conservatorio de Alcañiz. Tiene las siguientes características:

  • Pueden optar a la simultaneidad alumnos/as que cursan 1ºESO-1ºEEPP, 2ºESO-2ºEEPP, 3ºESO-3ºEEPP, 4ºESO-4ºEEPP.
  • Se amplía de 4 a 5 horas las asignaturas que no se cursan en el IES: una asignatura de 3h (Música o Plástica en 2º) + otra de 2h.
1ºESO 2ºESO 3ºESO 4ºESO
Materia de 3h obligada para convalidación MÚSICA —- MÚSICA MÚSICA
Materia de 3h susceptible de opción para convalidación —- PLÁSTICA —- —-
Materias de 2h susceptibles de opción para convalidación (elegir 1)

– SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA

– TALLER DE LENGUA / MATEMÁTICAS

– LENGUAS PROPIAS DE ARAGÓN

– SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA

– TALLER DE LENGUA / MATEMÁTICAS

– LENGUAS PROPIAS DE ARAGÓN

– SEGUNDA LENGUA EXTRANJERA

– TALLER DE LENGUA / MATEMÁTICAS

– LENGUAS PROPIAS DE ARAGÓN

– CULTURA CLÁSICA

– INICIACIÓN ACTIVIDAD EMPRENDEDORA Y EMPRESARIAL

– CULTURA CLÁSICA

– FILOSOFÍA

– ARTES ESCÉNICAS Y DANZA

– CULTURA CIENTÍFICA

– TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

– LENGUAS PROPIAS DE ARAGÓN

  •  En horario de mañana, el Conservatorio ofrecerá la clase individual de Instrumento, Lenguaje Musical / Armonía, Piano Complementario y Música de Cámara en coordinación con la Jefatura de Estudios del IES.
  • Las asignaturas no cursadas en el IES serán superadas siempre y cuando el alumno apruebe.
    En 1º y 2º de EEPP Instrumento y Lenguaje Musical
    En 3º y 4º de EEPP Instrumento y Armonía
    En 5º y 6º de EEPP Instrumento y Análisis / Fundamentos
  • La asignatura convalidada no tendrá calificación ni computará para media.
  • La simultaneidad se solicita cada año en la matrícula del IES.

SIMULTANEIDAD EN BACHILLERATO

Para realizar la simultaneidad en Bachillerato, el alumno/a deberá estar cursando 5ºEEPP con 1º de Bachillerato, 6ºEEPP con 2º de Bachillerato, o haberlo cursado con anterioridad (6ºEEPP con 1º de Bachillerato). La simultaneidad tiene estas características:

  • El alumno/a solo cursará las asignaturas comunes del Bachillerato: 14h en 1º de Bachillerato y 15h en 2º.
  • La titulación de Bachillerato se realizará siempre y cuando haya superado las asignaturas de 5º y 6º del Conservatorio.
  • La nota media de bachillerato será el resultado de las calificaciones de las asignaturas comunes del IES, más las asignaturas de 5º y 6º de EEPP del Conservatorio.
  • La opción de simultaneidad permite llegar hasta un 10 en la EVAU pero no acceder a la calificación de hasta 14. Para suplir esta circunstancia, el alumno/a, aunque no se encuentre matriculado, podrá participar como oyente en las clases que desee de Bachillerato para poder realizar el examen en la EVAU y tener acceso a una calificación de hasta 14.
  • Un alumno/a en Bachillerato puede elegir hacer la Convalidación (no cursar la asignatura optativa), hacer la simultaneidad o cursar la totalidad de las asignaturas.
  • Tanto si convalida la optativa como si opta por cursar la totalidad de materias de Bachillerato, en la EVAU un alumno/a puede elegir entre presentar la nota media del Bachillerato o la nota media de las asignaturas comunes de Bachillerato más las asignaturas de 5º y 6º EEPP.

MATERIAS QUE DEBEN SER CURSADAS POR EL ALUMNADO DE BACHILLERATO QUE REALIZA SIMULTÁNEAMENTE ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA (Directora General de Planificación y Equidad, 7 de septiembre de 2020).

  1. La ORDEN ECD/1968/2016, de 30 de diciembre, por la que se determinan las convalidaciones entre asignaturas de enseñanzas profesionales de Música y Danza y materias de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato y se establecen las medidas para facilitar la simultaneidad de tales enseñanzas, así como las exenciones de la materia de Educación Física establece en su artículo 10, en relación con las materias de Bachillerato, que: «El alumnado que inicie estudios de Bachillerato podrá optar por matricularse exclusivamente en las materias generales del bloque de asignaturas troncales en la modalidad de Bachillerato elegida, si se encuentra matriculado en alguno de los cursos de las enseñanzas profesionales de Música o Danza, sin perjuicio de las convalidaciones a las cuales pudiera tener derecho».
  2. Por materias generales del bloque de asignaturas troncales de modalidad deben entenderse aquellas materias que son comunes a todo el alumnado de la misma modalidad (o, en su caso, itinerario) y que son las que siguen:
    Curso Ciencias Humanidades y Ciencias Sociales Artes
    Humanidades Ciencias Sociales
    Primer
    Curso
    Lengua Castellana y Literatura I
    Filosofía
    Primera Lengua Extranjera I
    Matemáticas Latín I Matemáticas aplicadas
    a las Ciencias Sociales I
    Fundamentos del Arte I
    Segundo
    Curso
    Lengua Castellana y Literatura II
    Historia de España
    Primera Lengua Extranjera II
    Matemáticas II Latín II Matemáticas aplicadas
    a las Ciencias Sociales II
    Fundamentos del Arte II
  3. En consecuencia, el alumnado de Humanidades y Ciencias Sociales que desee simultanear enseñanzas profesionales de Música y Danza y estudios de Bachillerato deberá cursar como materia general propia de la modalidad del bloque de asignaturas troncales Latín I y II o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I y II, según itinerarios, y, en el caso de Artes, Fundamentos del Arte I y II.
  4. De todo lo anterior, se establece que el alumnado que desee simultanear enseñanzas profesionales de Música y estudios de Bachillerato está obligado a cursar las materias generales del bloque de las troncales de la modalidad de la que se trate, establecidas en el Currículo de Bachillerato regulado para la Comunidad Autónoma de Aragón por la Orden ECD/494/2016, de 26 de mayo.

MATRÍCULA DE HONOR